En la Seguridad Informática se debe distinguir dos
propósitos de protección, la Seguridad de la Información y la Protección de
Datos.
En la Seguridad de la Información tiene el objetivo de la protección son los datos
mismos y trata de evitar su perdida y modificación no-autorizado. Es el área
relacionada con la informática y la telemática que se enfoca en la protección
de la infraestructura computacional y todo lo relacionado con esta y,
especialmente, la información contenida en una computadora o circulante a
través de las redes de computadoras. La protección debe garantizar en primer
lugar la confidencialidad, integridad y disponibilidad de los datos, sin embargo
existen más requisitos el motivo o el motor para implementar medidas de
protección, que responden a la Seguridad de la Información, es el propio
interés de la institución o persona que maneja los datos, porque la pérdida o
modificación de los datos, le puede causar un daño (material o inmaterial) por
ejemplo la autenticidad entre otros.
Para ello existen una serie de estándares, protocolos, métodos, reglas,
herramientas y leyes concebidas para minimizar los posibles riesgos a la
infraestructura o a la información. La ciberseguridad comprende software (bases
de datos, metadatos, archivos), hardware, redes de computadoras y todo lo que
la organización valore y signifique un riesgo si esta información confidencial
llega a manos de otras personas, convirtiéndose, por ejemplo, en información
privilegiada.
En el caso de la Protección de Datos, el objetivo de la
protección no son los datos en sí mismo, sino el contenido de la información
sobre personas, para evitar el abuso de esta.
Esta vez, el motivo o el motor para la implementación de
medidas de protección, por parte de la institución o persona que maneja los
datos, es la obligación jurídica o la simple ética personal, de evitar
consecuencias negativas para las personas de las cuales se trata la
información.
En muchos Estados existen normas jurídicas que regulan el
tratamiento de los datos personales, como por ejemplo en España, donde existe
la “Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal” que tiene por
objetivo garantizar y proteger, en lo que concierne al tratamiento de los datos
personales, las libertades públicas y los derechos fundamentales de las
personas físicas, y especialmente de su honor, intimidad y privacidad personal
y familiar. Sin embargo el gran problema aparece cuando no existen leyes y
normas jurídicas que evitan el abuso o mal uso de los datos personales o si no
están aplicadas adecuadamente o arbitrariamente.
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